Cómo aprovechar las subvenciones a la renovación de ventanas Next Generation
El programa de fondos Next Generation será uno de los más ambiciosos que se hayan puesto nunca en marcha para la renovación y cambio de ventanas. ¡Y en este post os queremos dar las claves para que podáis aprovecharlos con vuestros clientes!
Los fondos Next Generation comprenden varios apartados, siendo los posibles beneficiarios los propietarios de edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas y las viviendas unifamiliares.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. CONVENIO MINISTERIO
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación. CONVOCATORIA CCAA
3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. CONVOCATORIA CCAA
4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. CONVOCATORIA CCAA
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existentepara la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. CONVENIO MINISTERIO
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. CONVENIO MINISTERIO
Es importante tener en cuenta que en las líneas 2, 3 y 4 la convocatoria es de las Comunidades Autónomas, mientras que en la 1, 5 y 6 es del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Por ello, hay que esperar a que la CC.AA. correspondiente elabore su propia ley y la publique en el Boletín Oficial correspondiente con el desarrollo de los fondos y sus detalles propios.
La vigencia del programa Next Generation 2021, dotado con 1.151 millones de euros, será desde el 1 de febrero de 2020 al 31 de diciembre de 2023, siendo el plazo máximo para la conclusión de las actuaciones el 30 de junio de 2026.
Cada programa, a su vez, lleva su propio proceso de solicitud, actuación y justificación, en los que intervienen diferentes actores.
En concreto, en las líneas 3 y 4, que son las de mayor interés:
3.-Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
OBJETO: financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
CONDICIONES PARA OPTAR A LA SUBVENCIÓN:
- Disponer del certificado de eficiencia energética inicial registrado en la CCAA antes de solicitar la ayuda
- Cumplir con los requisitos técnicos exigidos al edificio:
- Reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
- Además, en edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, deberá asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos:
–Zonas climáticas D y E: un 35 %
–Zona climática C: un 25 %
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE
Se consideran subvencionables los costes de obra, certificados, proyectos, etc.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
Las ayudas Next Generationno tributarán en el IRPF (tampoco la de los programas PREE y PREE 5000).
4.- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
OBJETO: financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
Las viviendas han de constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda (certificación o volante de empadronamiento).
CONDICIONES PARA OPTAR A LA SUBVENCIÓN:
- Disponer del certificado de eficiencia energética inicial registrado en la CCAA antes de solicitar la ayuda
- Cumplir con los requisitos técnicos exigidos (uno de los tres):
- Conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 % o
- una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %
- También se considerarán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del CTE.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000 €.
PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE
Se consideran subvencionables los costes de obra, certificados, proyectos, etc.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVAo el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegiblessiempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
Las ayudas Next Generationno tributarán en el IRPF (tampoco la de los programas PREE y PREE 5000).